Nuevas normas en las fases 0 y 1 de la desescalada: Qué podrás hacer y qué no


 

Este lunes arrancan las fases de desescalada ideadas por el Gobierno y a la espera de que fuesen recogidas por el Boletín Oficial del Estado para conocerlas a fondo, este sábado se ofrecieron más detalles sobre lo que se podría y lo que no se podría hacer en las más inmediatas. La publicación en el BOE tuvo finalmente lugar este domingo por la tarde.

Estas son las nuevas normas que los ciudadanos deberán cumplir en los pasos 0 y 1, los primeros que se podrán dar en el camino hacia la salida del estado de alarma decretado por el coronavirus. Toda España comienza con el primero, salvo las islas del El Hierro, La Graciosa y La Gomera, en Canarias, y Formentera, en Baleares. Estas entran directamente en la siguiente fase, que para el resto del país irá empezando a partir del 11 de mayo, en función de los parámetros que cumpla cada territorio. La máxima en cada instrucción continúa siendo mantener la distancia de seguridad y pertrecharse con medidas de protección. 

Fase 0

 Transporte público y taxis. Será imprescindible y obligatorio llevar mascarilla para utilizar cualquiera de los sistemas de transporte público, así como los taxis y los VTC (Vehículos de Transporte con Conductor). Los trabajadores de esos servicios que tengan contacto directo con los viajeros deberán ir igualmente protegidos, además de tener acceso a soluciones hidroalcohólicas. Para garantizar que esto sea posible, el presidente, Pedro Sánchez, anunció que las administraciones harán un nuevo reparto de material a los usuarios. Seis millones de mascarillas las ofrecerá el Ejecutivo, otros siete la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), y un millón y medio más serán entregadas por ONG.

Respecto a la ocupación, en los vehículos de hasta nueve plazas podrán desplazarse dos personas por fila, debiendo garantizarse, en todo caso, la máxima distancia posible entre sus ocupantes. En los autobuses y en los transportes ferroviarios en los que se deba ir sentado no podrán ser ocupados más de la mitad de los asientos. En los primeros se mantendrá siempre vacía la fila posterior al conductor. En aquellos medios con plataformas para ir de pie, se establecerá como referencia para esas zonas la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles y la medida de dos viajeros por cada metro cuadrado.

Apertura de comercios. Comercios minoristas de menos de 400 metros podrán levantar la persiana pero deberán atender a su clientela con cita previa. Además cada trabajador solo podrá ocuparse de un cliente, que en el caso de las peluquerías, por ejemplo, deberá mantener una distancia mínima de dos metros con el resto. Si no es posible, será obligatorio el uso de mascarillas tanto para él como para el empleado.

 Estos establecimientos deberán tener igualmente un horario preferente para mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias de sus paseos: de 10.00 a 12.00 y de 19.00 a 20.00 horas. España registra su cifra más baja de muertos y contagios diarios desde la tercera semana de marzo.

 Los locales deberán desinfectarse dos veces al día y los uniformes de los trabajadores lavarse a diario. Si se utilizan los probadores tendrán que limpiarse cada vez que un cliente los use y la ropa que se prueben deberá también desinfectarse antes de volver a la línea de venta. No se podrán emplear los aseos más que en los casos de urgente necesidad.

Comida para llevar. Los bares y restaurantes podrán ofrecer un servicio de recogida de comida, sin poder consumirse nada en el local. Estos establecimientos tendrán que contar con una separación a través de mamparas entres los empleados y los clientes, mientras que estos últimos deberán mantener una distancia aproximada de dos metros, con un aforo de una persona por cada trabajador.

En las viviendas deshabitadas y en los locales cerrados se podrán realizar obras menores, siempre que los obreros eviten el contacto con los vecinos. Queda limitada la circulación de trabajadores y material por las zonas comunes de los edificios. Deberán marcarse los recorridos que estos pueden realizar y que no podrán ser rebasados. La entrada y salida al inicio y fin de la jornada se regula y se incorporan todas las reglas de prevención de riesgos. Queda establecida como excepción, y por tanto autorizado el acceso, a aquellas zonas a las que haya que pasar para realizar operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del inmueble necesarias para acometer las obras.

Transportes privados particulares. Según la orden ministerial de Transportes, en cada vehículo de hasta nueve plazas podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.

Deporte profesional. El Ministerio de Sanidad aceptó el protocolo sanitario presentado por el Consejo Superior de Deportes (CSD) para el regreso de los deportistas profesionales a los entrenamientos al aire libre de forma individual y dentro de su provincia. Aquellos que practiquen modalidades de deporte adaptado o de carácter paralímpico podrán contar con el acompañamiento de otro deportista. En ambos casos podrá estar presente un entrenador que no deberá acercarse a menos de dos metros y tendrá que llevar mascarilla. Cuando el deporte implique la utilización de bicicletas o patines, la distancia de seguridad será de diez metros.

Los deportistas federados también podrán realizar entrenamientos de forma individual, al aire libre, dos veces al día entre las 6.00 y las 10.00 y entre las 20.00 horas y las 2.:00 horas, siempre dentro de su término municipal y sin entrenadores.

Archivos. Las consultas deben seguir siendo preferentemente telemáticas pero en los casos en los que sea imprescindible el investigador podrá acceder a los archivos físicos. Deberá llevar sus propios medios informáticos, porque los de uso colectivo no estarán disponibles, y podrá consultar un máximo de diez documentos, que después tendrán que estar en cuarentena. Se dará prioridad a los procedimientos administrativos y judiciales. 

 

Fase 1

 

Reuniones. Podrán celebrarse encuentros reducidos con familiares o amigos, que podrán tener lugar tanto en la calle como en un domicilio particular, pero en los que el máximo será de diez personas, siempre y cuando no formen parte de un grupo de riesgo, lo que excluye a ancianos o enfermos. Sanidad recuerda que deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades para la prevención de la Covid-19.

Vehículos privados y desplazamientos. El Gobierno permitirá circular con todas sus plazas llenas a los vehículos de hasta nueve asientos, siempre que los ocupantes vivan en la misma casa y siendo recomendable el uso de mascarilla. Los desplazamientos no podrán superar los límites de la provincia.

Terrazas. Pese a que en un principio se estableció un aforo máximo del 30% de la capacidad para las terrazas de bares y restaurantes, las protestas de algunas asociaciones de hosteleros han provocado que el Gobierno haya subido ese porcentaje, al final, al 50%. Esta norma afecta tanto a las terrazas que estén en la vía pública como a las que se encuentren dentro del espacio del establecimiento, siempre que sea al aire libre. Los encuentros en ellas serán igualmente de un máximo de diez personas, y deberán mantenerse las normas de seguridad establecidas, fundamentalmente higiene de manos y una distancia de al menos dos metros o el uso de mascarilla.

Comercios. Pueden abrir aquellos de más de 400 metros cuadrados con las mismas condiciones que en la fase 0, sin necesidad de cita previa pero manteniendo las medidas de higiene y reduciendo al 30% el aforo total. Aquí se incluyen los centros comerciales. Salvo que pueda garantizarse la distancia de dos metros, los ascensores solo podrán ser utilizados de forma individual y los locales deberán tener a disposición de los usuarios geles hidroalcohólicos.

Hoteles y alojamientos turísticos. Pueden abrir con una ocupación no superior a un tercio, siempre que queden excluidas las zonas comunes y manteniendo ciertas restricciones de seguridad.

Lugares de culto. Mezquitas o iglesias podrán reabrir también con el límite de ocupación al 30%. Será posible además acudir a velatorios con un número limitado de personas: quince en caso de ser al aire libre y diez en lugares cerrados.  La participación en la comitiva para el enterramiento o en la despedida para la cremación se restringe a un máximo de quince asistentes.

Mercadillos. Podrán volver a su actividad, cuando el Ayuntamiento correspondiente lo decida, con una cuarta parte de los puestos de venta y una afluencia inferior a un tercio del aforo para garantizar que se mantiene la distancia de seguridad. En estos casos, igual que en los establecimientos y locales, deberá haber a disposición del público papeleras, a ser posible con tapa y pedal. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente y al menos una vez al día.